Atención al cliente

Servicio de Atención al Cliente

Aesval Lógica de Valoraciones tiene un Servicio de Atención al Cliente (en adelante SAC), al que podrán dirigirse los clientes para cualquier queja, reclamación o consulta referida a los servicios prestados por la Sociedad.

La tramitación de quejas o reclamaciones ante el SAC y los servicios de reclamaciones de los supervisores financieros, es incompatible con cualquier otra vía que implique un procedimiento judicial o administrativo

 

1.-FUNCIONES DEL SERVICIO

− Atender y resolver las quejas, reclamaciones o consultas presentadas, directa o mediante representación, por personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras clientes de AESVAL LOGICA DE VALORACIONES SA, cuando las mismas se refieran a intereses y derechos legalmente reconocidos relacionados con operaciones, contratos o servicios prestados por AESVAL LOGICA DE VALORACIONES S.A, ya deriven de los propios contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos establecidos, en particular del principio de equidad.

− Hacer llegar a la Dirección de AESVAL LOGICA DE VALORACIONES SA, recomendaciones y sugerencias sobre todos aquellos aspectos que sean de su competencia y que, en su opinión, supongan un fortalecimiento de las buenas relaciones y mutua confianza que debe existir entre AESVAL LOGICA DE VALORACIONES SA y sus clientes.

 

  2.- PRESENTACIÓN DE QUEJAS, RECLAMACIONES O CONSULTAS

La interposición por parte de los clientes de AESVAL de quejas, reclamaciones o consultas al Servicio de atención al cliente personalmente o mediante representación podrá hacerse por distintas vías:

.- Personándose en los servicios centrales de AESVAL o en cualquiera de las Delegaciones de Aesval

 

.- Por correo ordinario dirigido a:

Servicio  de Atención al Cliente.

Aesval Lógica de Valoraciones, S.A.

C/ Alonso Quintanilla 3, 1º H. 33002 Oviedo.

 

.- Por correo electrónico a la siguiente dirección: atencion-cliente@aesval.es

 

Por otra parte, se podrá realizar cualquier consulta sobre este particular al Servicio de Atención al Cliente llamando al teléfono 985207640.

 

Independientemente, de cuál será el método elegido por nuestros clientes para presentar las quejas, reclamaciones o consultas, para agilizar su tramitación y resolución, éstos son los datos mínimos que (de forma clara) deben contener:

  • Nombre, apellidos y domicilio del interesado (y en su caso de la persona que lo represente), NIF y datos referidos al registro mercantil para las personas jurídicas.
  • Motivo de la queja, especificando claramente las cuestiones sobre las que solicita un pronunciamiento.
  • Delegación donde se han producido los hechos (si procede)
  • Nº de tasación (o inmueble relacionado)
  • Lugar, fecha y firma.
  • Pruebas documentales (en su caso).

 

El SAC tiene obligación de resolver la queja, reclamación o consulta en el plazo máximo para de dos meses desde su presentación ante dicho servicio. La decisión será notificada a través del mismo medio en que haya sido recibida o según indique el reclamante.

 

3.- SERVICIOS DE RECLAMACIONES DE SUPERVISORES FINANCIEROS

 En caso de disconformidad con la resolución, al reclamante le asiste la facultad de acudir a los Servicios de Reclamaciones de los supervisores financieros, Banco de España, cuyos datos son:

Banco de España

Departamento de Conducta de Mercado y Reclamaciones

Alcalá 48, -28014-Madrid.

https://clientebancario.bde.es/pcb/es/

Para poder formular quejas o reclamaciones ante este Departamento será necesario haber agotado previamente la vía del SAC.

 

Legislación Aplicable:

  • Orden ECO/734/2004 de 11 de marzo, sobre departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financieras.
  • Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible.
  • Orden ECC/2502/2012, de 16 de noviembre, por la que se regula el procedimiento de presentación de reclamaciones ante los servicios de reclamaciones del Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones
  • Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo
  • Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza

 

Procedimiento del Servicio de Atención al Cliente

Formulario de la Reclamación